Desde el Campamento Terecay nos gusta resaltar la importancia de elementos impresionantes en la naturaleza, es por esto que les traemos información sobre las reservas para la fauna silvestre. En este sentido, los Refugios, Reservas y Santuarios de Fauna
Silvestre, son espacios naturales creados en Venezuela para la conservación,
defensa, mejoramiento y uso sostenible de la fauna en el país.
En ellos encontramos diferentes tipos de protección: a
aves, mamíferos, peces, reptiles y algunos anfibios propios de nuestra
diversidad natural, algunos de los cuales enfrentan diversas amenazas para su
subsistencia, razones suficientes para justificar la creación de las mismas.
Por su parte los Refugios de Fauna Silvestre protegen
principalmente aquellas especies animales amenazadas de extinción o en
situación de peligro, en tanto que las Reservas de Fauna Silvestre guardan para
el futuro su posible aprovechamiento racional. Hasta la presente fecha no ha
sido decretado ningún Santuario de Fauna Silvestre en Venezuela, pese a que
algunos científicos reconocen su conveniencia para el país, particularmente por
lo restrictiva de su figura, que permitiría la protección y/o recuperación de
especies raras o únicas.
RESERVAS DE FAUNA
La administración y el manejo de las Reservas de Fauna
se rige por la Ley de Protección a la Fauna Silvestre y su Reglamento, con
fundamento en lo dispuesto en la Ley Orgánica para la Ordenación del
Territorio. Su administración y manejo es atribución del Ministerio del
Ambiente y los Recursos Naturales (MARN) a través de la Dirección General de
Fauna. Por Ley cada área debe contar con un Plan de Ordenamiento y Manejo, así
como un Reglamento de Uso, en el cual se resuman los usos y actividades
permitidos, restringidos o prohibidos.
En la administración de las Reservas de Fauna se
procuran armonizar los objetivos de su creación con el desarrollo de los usos y
potencialidades económicas del área. El plan de ordenamiento y el reglamento de
uso fija las orientaciones y normas concretas a tales efectos, con la
posibilidad de contar con la participación de los interesados en los programas
que sea necesario desarrollar bajo las directrices del MARN. Un elemento clave
de su gestión es su incorporación a los planes nacionales de conservación y
desarrollo sostenible.
El Ejecutivo Nacional puede proceder, previa
justificación, a expropiar total o parcialmente las tierras privadas sobre las
cuales se hayan declarado estas Areas Bajo Régimen de Administración Especial,
conforme a las disposiciones establecidas en la Ley de Expropiación por Causa
de Utilidad Pública o Social y en la Ley Orgánica para la Ordenación del
Territorio.
CINCO ZONAS PRIVILEGIADAS
Reserva de Fauna Silvestre Ciénagas de Juan Manuel,
Aguas Blancas y Aguas Negras
Decretada en diciembre de 1975.
Ubicación: Municipio Catatumbo del estado Zulia.
La reserva está constituida fundamentalmente por
bosques y herbazales de pantano.
La fauna de la cuenca del lago de Maracaibo, guarda
una estrecha relación con la fauna existente en la cuenca del río Magdalena en
Colombia. Algunas de las especies que encontramos son el chigüire, la gallineta
pico verde, el oso melero y la babilla .
Reserva de Fauna Silvestre Sabanas de Anaro
Decretada en 1982.
Ubicación: Municipio Ticoporo del Estado Barinas.
La vegetación del área es propia de sabanas de banco,
bajío y estero con presencia de matas y palmas, así como áreas boscosas con
árboles de más de 15 metros de altura.
En ella encontramos araguatos, cachicamos, conejos,
lapas, picures, zorros, cuchicuchis, zorros cangrejeros, mapurites, báquiros,
monos araña, dantas, cunaguaros, garzas reales, garzas chuzmita, garcitas
azules, pájaros vaco, gabánes, corocoras, arucos, güiriríes, águilas pescadoras,
gavilanes habados, caricares, chiriguare, guacharacas y otros.
Reserva de Fauna Silvestre Gran Morichal
Decretada en febrero del 2001.
Ubicación en la Hoya Norte del río Morichal Largo,
Municipio Maturín del Estado Monagas y el Municipio Pedernales del Estado Delta
Amacuro.
La fauna que allí se encuentra es la relacionada a los
morichales, en especial los loros, guacamayas, manatíes, lapas, venados,
dantas, delfines de río, toninas y babas.
Reserva de Fauna Silvestre Ciénaga de La Palmita e
Islote de Pájaros
Decretada en marzo del 2000.
Ubicación: en la costa oriental del Lago de Maracaibo
(Estado Zulia), en jurisdicción de la Parroquia Santa Rita del Municipio del
mismo nombre y las Parroquias Ana María Campos y Altagracia del Municipio
Miranda.
Reserva de Fauna Silvestre Esteros de Camaguán
Decretada en marzo del 2000.
Ubicación: jurisdicción el Municipio Autónomo Miranda
del Estado Guárico.
El objetivo de creación de la Reserva es lograr el uso
sostenible de los recursos, particularmente los pesqueros y la protección de
las especies no sujetas a aprovechamiento.
¿QUÉ PODEMOS HACER EN UNA RESERVA DE FAUNA SILVESTRE?
- Construcción de infraestructura s para la recreación ambiental,
según las pautas y condiciones que determine la autoridad administrativa.
- Instalaciones y facilidades para la investigación científica, según
las pautas y condiciones que determinen la autoridades administrativa.
- Manejo del hábitat de la fauna a los fines propios de las áreas.
- Caza con
fines deportivos.
- Pesca deportiva y artesanal de subsistencia.
- Investigación
científica y aplicada.
- Recreación pasiva, el acceso al público y la educación ambiental,
de acuerdo a la zonificación establecida y según las pautas condiciones
que determine la autoridad administrativa.
- Interpretación de la naturaleza; por medio de una visita en forma
individual o colectiva, guiada o no, a las horas del día y en las zonas
establecidas para ello.
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